Preguntas Frecuentes

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¿Cuál es la ventaja de la conciliación judicial en materia laboral para el contratista y contratante?

La conciliación judicial para el contratista le representa ahorro de tiempo de espera de la sentencia (promedio de 2 a 5 años), certeza en el pago de la suma de dinero. Para el contratante ahorro en tiempo y dinero en la defensa judicial, ahorro en las condenas judiciales que incluyen indemnizaciones e intereses de mora, solución amigable de un conflicto y guarda del buen nombre de la empresa.

¿Cuánto tiempo puede requerir el trámite de conciliación?

Cuando la conciliación es judicial, el trámite según el artículo 55 de la Ley 2220 de 2022 no puede exceder de 30 días siguientes a la fecha de radicación en rama judicial de la solicitud de conciliación judicial.

¿Cuál es un ejemplo de conciliación en materia laboral sin adelantar proceso judicial?

El contratista y contratante que en desarrollo del contrato de prestación de servicios discuten la existencia del contrato de trabajo y la falta del reconocimiento de prestaciones laborales. Se concilia una suma de dinero que compense al contratista los valores que hubieran correspondido a las prestaciones laborales y la seguridad social, sin que se reconozca la existencia de estos derechos.

¿Qué asuntos se pueden conciliar en materia laboral?

Es posible conciliar en materia laboral todos los conflictos jurídicos de trabajo que puedan ser discutibles, desistibles y transigibles. Es discutible el derecho que no tiene certeza de existencia del contrato de trabajo, es incierta su existencia. Es desistible el derecho que puede ser objeto de discusión y es transable el derecho que puede ser negociado entre las partes.

¿Ante cuál funcionario se puede solicitar la conciliación en materia laboral?
Por la naturaleza constitucional y legal de las relaciones laborales, la conciliación en materia laboral solo puede ser en derecho ante los inspectores de trabajo, la defensoría del pueblo, los procuradores, el personero y con el artículo 51 de la Ley 2220 de 2022 es posible la conciliación judicial

¿En qué norma se describe el proceso para el cobro de las incapacidades a las entidades de la seguridad social?

El Ministerio de Salud y Protección social, mediante el Decreto 1427 de 2022, reglamentó las prestaciones económicas del Sistema General de Seguridad Social en Salud, entre ellas las incapacidades temporales, la licencia de maternidad, la licencia de paternidad.

¿Cuál es el salario base de cotización al Sistema de Seguridad Social de un trabajador con incapacidad médica temporal?

El salario base de cotización del trabajador incapacitado y mientras dure la incapacidad es el correspondiente al valor pactado con el empleador como salario base. Los acuerdos de horas extras, trabajo dominical, festivos, recargos gastos de representación, alimento, transporte no se tienen en cuenta para los períodos de incapacidad, por la imposibilidad de realizar estas actividades. 

¿Qué puede hacer el empleador cuando la ARL no le reconoce las cotizaciones al sistema de salud y pensión del trabajador incapacitado?

El empleador debe hacer el recobro a la ARL por los valores correspondientes a las cotizaciones realizadas al sistema de seguridad social en salud y pensión. Cuando la ARL no reconoce el pago se debe iniciar proceso ejecutivo ante la justicia ordinaria laboral.

¿Puede el trabajador pedir atención a la ARL por sus dolencias de origen laboral aunque ya no esté afiliado ni trabajando?

 Si es posible, el trabajador que haya sufrido un ATEL y con el paso del tiempo está afectado por las secuelas, tiene derecho a que la última ARL donde estuvo afiliado, le atienda de forma íntegra con las prestaciones asistenciales y económicas. Ley 776 de 2002.

¿Cuáles son los beneficios legales para las empresas cuando tienen un trabajador incapacitado por origen laboral?

La ley 776 de 2002 establece en el parágrafo 2 del artículo 3 que la ARL debe asumir el pago de las cotizaciones para los sistemas de pensión y salud que le corresponden al empleador, durante el tiempo que dure la incapacidad y por el IBC de la incapacidad.

¿Puede el empleador pagar la incapacidad temporal al trabajador por un valor menor al salario mínimo mensual porque es el valor resultante de la aplicación del 66% del IBL?

No. De conformidad con la sentencia C-543 de 2007 la Corte Constitucional aclaró que el auxilio o subsidio de incapacidad reconocido al trabajador, en ningún caso puede ser inferior al salario mínimo mensual legal vigente.

¿Quién paga la incapacidad temporal cuando se ha superado el término de 540 días sin la calificación de pérdida de capacidad laboral?

La incapacidad temporal desde el día 2 al 180 es reconocida por la EPS, a partir del día 181 al día 540 debe pagar el subsidio la Administradora de Fondo de Pensiones AFP. Si la EPS no cumple con la entrega del certificado de mejora máxima para el proceso de calificación de PCL, esta entidad debe seguir pagando la incapacidad hasta que cumpla con el deber legal, lo mismo sucede con la AFP si no cumple con el proceso de calificación de PCL.

¿Puede el empleador pagar las incapacidades entregadas por el trabajador de una entidad de medicina prepagada o un médico particular?

Si es posible pagar estas incapacidades, siempre que realice la validación ante la EPS donde se encuentra afiliado el trabajador. 

Según el numeral 3 del artículo 2.2.3.3.1 del Decreto 1427 de 2022, es requisito para el reconocimiento y pago de incapacidades de origen común, solo las expedidas por el médico de la red promotora de salud o validada por ésta. El mismo proceso debe realizarlo ante la ARL cuando la incapacidad es de origen laboral.

¿Desde cuándo se paga la incapacidad temporal?

El derecho al reconocimiento de la incapacidad temporal por afectaciones en la salud del trabajador de origen común o laboral se adquiere desde el día siguiente en que se recibe la atención del médico que expide la incapacidad. ocurrencia del accidente de trabajo o diagnóstico de enfermedad laboral.

¿Cuál es el monto, la forma de reconocimiento y duración del pago de la incapacidad temporal de origen laboral?

Las incapacidades de origen laboral deben ser reconocidas por la Administradora de Riesgos Laborales ARL donde está afiliado el trabajador. Se liquidan y pagan con el 100% del ingreso base de liquidación IBL, desde el día 1 hasta el día 540 máxima fecha para la calificación de PCL. 

¿Cuál es el monto, la forma de reconocimiento y duración del pago de la incapacidad temporal de origen común?

Las incapacidades temporales de origen común deben ser reconocidas por el empleador con el 100% del ingreso base de cotización IBL, desde el día 3 deben reconocer el pago la EPS a la cual esté afiliado el trabajador hasta el día 180, por el valor del 66% del IBL y debe continuar realizado el pago hasta que realice la calificación del origen del accidente o enfermedad.